La decisión de comprar o vender una empresa no es sencilla y requiere de un proceso importante de planificación y ejecución. Una vez tomada la decisión de iniciar este proceso, el empresario o emprendedor debería plantearse la siguiente pregunta: ¿Qué es lo que quiero comprar? O, ¿qué es lo que quiero vender? En compraventa de empresas pequeñas, la respuesta habitual a esta pregunta acostumbra a ser: ¡LA EMPRESA! Sin embargo, existen distintas modalidades de transmisión, en este artículo conoceremos las más importantes
Esta es la modalidad más frecuente en compraventa de empresas pequeñas, aunque también se utiliza en operaciones más grandes, cuando no se quiere adquirir la totalidad de una sociedad mercantil. Consiste en transmitir una actividad, que se define como un conjunto de medios organizados con la finalidad de llevar a cabo una actividad económica, esencial o accesoria. Se trata por lo tanto de una unidad productiva autónoma, capaz de desarrollar una actividad económica. La compraventa de una actividad incluye todos los bienes, derechos, obligaciones y deberes.
Sin embargo, cuando se compra o vende una actividad no se transfiere ninguna sociedad mercantil, sólo cambian de propiedad aquellos elementos que sirven directamente para elaborar la propuesta de valor. Por ejemplo, se incluiría la maquinaria, el mobiliario, el utillaje, el personal, la marca, la reputación, la cartera de clientes, el know-how, la reputación o la propiedad industrial, entre otros.
Es frecuente ejecutar una compraventa de actividad:
- Cuando el vendedor es autónomo: El vendedor está llevando a cabo su actividad como autónomo y transfiere su unidad productiva a otro autónomo o bien a una sociedad mercantil.
- Entre sociedades mercantiles: Cuando la sociedad compradora no quiere adquirir toda la estructura societaria de la vendedora y sólo le interesa la actividad.
- Cuando sólo interesa comprar la actividad, pero no la deuda financiera vinculada o ciertos activos sujetos (o no) a la actividad. En esta operación podemos dejar en la empresa vendedora algunas deudas que, como comprador, no queramos asumir. También podemos no adquirir con la actividad algunos activos que no interesan o que no forman parte de la unidad productiva autónoma. El caso más habitual se da en sociedades donde además de tener una actividad empresarial, también tienen un inmueble, donde habitualmente se desarrolla la actividad. Por ejemplo, un empresario desarrolla su actividad profesional de recambios para la industria del automóvil en el marco de una sociedad mercantil y el almacén donde se guarda el stock es de propiedad de esta misma empresa. Es posible que el comprador no quiera adquirir este local, aunque esté interesado en la actividad de la empresa. A su vez, al vendedor le puede interesar vender la actividad, pero mantener en propiedad el local y alquilárselo al comprador. En estos casos, y sobre todo pensando en minimizar el impacto fiscal de la operación, se opta por realizar una compraventa de la actividad, manteniendo el local en la sociedad del vendedor.
Es frecuente confundir la compraventa de actividad con la de activos. Como acabamos de ver, la compraventa de actividad incluye aquellos activos que son necesarios para que la actividad se produzca o exista. Por ejemplo, en el caso de una industria de fabricación de piezas, incluiría la maquinaria, el utillaje, el personal, la marca, la reputación, los modelos y planos para la fabricación, la cartera de clientes, etc.
Sin embargo, en el caso de querer adquirir algún elemento de manera aislada, que por sí solo no sea capaz de generar una actividad económica, entonces ya no se produce una compraventa de actividad sino de activos. En el ámbito empresarial, esto se puede dar cuando una empresa adquiere por ejemplo la cartera de clientes a otra, una máquina o una invención.
Esta fórmula de compraventa se utiliza cuando:
- No interesa comprar toda una actividad, sino tan solo algún elemento que forma parte de la empresa vendedora.
- Cuando se quiere limitar al máximo posible las responsabilidades que pudiesen venir derivadas de la gestión de vendedor.
- Para aprovechar buenas oportunidades de compra de activos que otras empresas quieran desprender, por necesidad o por falta de uso.
La compraventa de participaciones sociales o acciones
Esta operación consiste en adquirir por parte de una persona física o una persona jurídica parte o la totalidad de las participaciones sociales (en caso de SL) o de las acciones (en caso de SA) de una empresa. Se produce por lo tanto un cambio en el accionariado, pero no hay cambio alguno en los activos o el pasivo exigible de la empresa. Esta sociedad, que tienen un NIF, unos contratos en vigor, una clientela, unos trabajadores, etc., no cambia, lo único que ha cambiado han sido sus socios.
Esta fórmula de compraventa se usa sobre todo cuando:
- Se quiere preservar la sociedad mercantil, así como todas las relaciones mercantiles que tiene la misma. Con esta operación no será necesario rehacer ningún contrato, a diferencia de lo que pasa si compramos la actividad.
- Se quiere adquirir la totalidad de activos y pasivos de la empresa. Si el comprador no quiere adquirir una sociedad con deudas, el vendedor deberá liquidarlas antes de proceder a la operación de compraventa.
En caso de que no haya una contraprestación económica a cambio de una empresa, entonces la transmisión se realiza bajo el paraguas de una donación. La donación puede ser de una actividad, de uno o diversos activos o de las participaciones o acciones de una sociedad mercantil. La particularidad en este caso es que quien recibe la donación, el donatario, no paga nada al donante por esta transmisión y que, a la vez, el donante no necesita el bien donado para su supervivencia. A pesar de que el donatario no paga nada por la empresa, es conveniente hacer un buen análisis de la misma antes de aceptar la donación.
Este tipo de operación se da habitualmente:
- En empresas familiares, donde la propiedad de la empresa decide hacer una donación en vida en vez de la herencia a sus sucesores.
- En empresas en dificultades, donde el empresario es consciente de que para la supervivencia de la empresa es necesario un cambio de rumbo y/o una inyección de capital, del que no dispone. En estas circunstancias en donatario recibe la empresa sin pagar nada al donante, pero con el compromiso de salvarla, aportando los recursos que sean necesarios.
Si no se desea realizar un cambio de propiedad en la empresa, siempre se puede optar por alquilar la actividad. El alquiler de una empresa, industria o negocio consiste en ceder el uso o explotación de una empresa por tiempo limitado a un tercero a cambio de una prestación económica. En este caso no hay compraventa.
Es muy importante destacar que no se trata de un alquiler ni un subarriendo de un local comercial. La diferencia radica en el objeto del alquiler: mientras que cuando alquilamos un local estamos alquilando un espacio sin ninguna actividad, a la espera de iniciarla desde cero, en el caso de alquiler de una actividad estamos alquilando ya una empresa en funcionamiento. Por lo tanto, para que se considere un alquiler de actividad, el arrendatario debe recibir una unidad patrimonial con vida propia y que pueda ser inmediatamente explotada. Este matiz es importante puesto que, en España, la ley que le será de aplicación será distinta; mientras que para el alquiler del local la ley que aplica es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), en el alquiler de actividad la ley de aplicación será el Código Civil.
Por lo tanto, cuando alquilamos una actividad el arrendador debe poner a disposición todos los elementos esenciales para la explotación de una actividad económica en unas condiciones aptas para su uso. Además, contaremos con su colaboración para la puesta en marcha del negocio, y éste se encargará de todas las reparaciones que sean necesarias para conservarla. Cuando finalice el contrato deberemos devolver la actividad en buen estado, pero sin ser responsables del deterioro de los bienes por su uso normal.
En caso de que el local donde se desarrolle la actividad arrendada sea de alquiler, es bastante probable que también se deba firmar un contrato de subarriendo del local.
Este tipo de operación se da cuando:
- El propietario de la actividad no puede explotarla durante un periodo de tiempo concreto, por ejemplo, porqué se tiene que ir de viaje durante un periodo largo de tiempo o por enfermedad. Sin embargo, éste tiene previsto recuperar la actividad más adelante.
- Cuando el propietario de la actividad no quiere desentenderse de la empresa. Es importante este punto porque, a diferencia del caso de la compraventa o donación, el propietario de la actividad continuará siendo el mismo una vez firme el contrato de alquiler con el arrendatario, de tal manera que conservará parte de sus derechos, pero también de sus obligaciones.
La toma de la decisión de la modalidad de compra más adecuada se trata de una decisión estratégica y es de vital importancia para el comprador y la propia empresa. Además, para la elección de la modalidad, vamos a tener en cuenta también otros factores decisivos:
- La fiscalidad: En España, dependiendo del formato de la compraventa, la operación estará o no sujeta a impuestos como el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD) o el impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Además, dependiendo de quién y cómo se ejecute la compraventa, la plusvalía deberá tributar o bien en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o bien en el Impuesto de Sociedades (IS). Por lo tanto, la factura fiscal de la operación también puede condicionar la modalidad de la compraventa.
- Relaciones mercantiles: El mantenimiento de las relaciones que tiene una empresa con sus colaboradores clave (proveedores, distribuidores, propietario del local, franquiciador, etc.) puede verse condicionada si se realiza un contrato de compraventa de actividad, llegando a necesitar la reedición de los contratos, con un posible cambio en las condiciones. Si interesa mantener las relaciones mercantiles tal como están, lo más fácil es adquirir las participaciones sociales o acciones de la sociedad mercantil, ya que si compramos la actividad o algunos activos es posible que los contratos se tengan que renegociar.
- Relaciones laborales: Es muy importante saber que en el momento que se compra la actividad, o bien las participaciones sociales o acciones de una empresa, el comprador “mantiene” las relaciones laborales con los trabajadores que haya en el momento que se produce la operación, con las mismas condiciones. En el caso de compraventa de participaciones sociales o acciones, en realidad al ser la sociedad quien los ha contratado, nada cambia. Sin embargo, en el caso de compraventa de actividad, por el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores de España, el comprador está obligado a subrogarse en los derechos y obligaciones de estos trabajadores. Esto incluye no solo las condiciones laborales que tienen a día de hoy, sino también su antigüedad. Por lo tanto, si no se quiere asumir la totalidad o parte de la plantilla, es importante negociarlo antes con el vendedor.
- Responsabilidades: La gestión de una empresa conlleva responsabilidades por parte de su administrador. El formato de compraventa de una empresa puede afectar a las responsabilidades que el nuevo propietario asuma, derivadas de la gestión que haya hecho anteriormente el antiguo propietario. Si bien es cierto que existen mecanismos para blindar el riesgo por parte del comprador, es importante tenerlo en cuenta a la hora de decidir el formato de la compraventa.
Como ves, la elección de la fórmula para la compraventa no es sencilla y se deben tener en cuenta muchos elementos. Además, el formato va a condicionar sin duda el precio de la operación. Como es lógico, no es lo mismo comprar una actividad libre de cargas que una sociedad mercantil con deudas.
Para ayudarte en la toma de decisiones y darte el conocimiento que necesitas, en Lemon Value hemos creado distintos cursos que te van a permitir tener una visión holística del proceso de compraventa. En el curso de Cómo comprar una empresa te explicaremos con detalle las distintas modalidades de transmisión que tienes a tu disposición y en el curso de Documentos y contratos para la compraventa de una pequeña o mediana empresa tendrás acceso a todos los modelos de contratos que hemos mencionado, con una explicación de cómo usar la plantilla y bajo qué circunstancias se recomienda llevar a cabo este tipo de operaciones. Además, en el curso de Valoración de empresas para no financieros, también te explicaremos cómo valorar una empresa dependiendo de lo que decidas comprar.